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domingo, 31 de julio de 2011

Humedales (Chaco)

enviado por:
Téc. Universitaria Ana Lopez
Resistencia-Chaco
Argentina



“Y” agua - Año 2005-2015 - Decenio del Agua ONU
HUMEDALES CHACO Sitio Ramsar No. 1366
Tratado Internacional Convención Relativa Humedales Ramsar Irán 2 de febrero 1971
Protocolo de Paris 3 de diciembre 1982
Ley Nacional No. 23.919 - Ley Provincial No. 5362

HUMEDALES CHACO – Sitio Ramsar. Los Humedales Chaco, Sitio Ramsar, comprenden un área de 508.000 hectáreas, ubicados en la franja oriental de los Departamentos San Fernando, 1ro. de Mayo y Bermejo, siendo el límite Sur el paralelo 28 que separa las Provincias de Chaco y Santa Fe. Límite Norte: cauce del rio Bermejo. Límite Oeste: trazado de la Ruta Nacional N°11. Límite Este: cauces de los ríos Paraná y Paraguay, que separan las Provincias de Chaco y Corrientes, y a la Argentina de Paraguay. Humedales ribereños, de importancia internacional, en términos ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos e hidrológicos para la protección y mantenimiento de la biodiversidad, los recursos naturales y culturales asociados. (Limnológico: que estudia los ecosistemas acuáticos continentales y las interacciones entre los organismos acuáticos y su ambiente)

Agua y humedal. La difusión y concientización de los Humedales Chaco Sitio Ramsar obedece a la importancia que tiene el agua como principal factor controlador del medio y la vida en el planeta. La escasez generalizada de los recursos de agua dulce, su destrucción gradual y su creciente contaminación, así como la implantación progresiva de actividades incompatibles, exigen una planificación y una ordenación integradas de los recursos hídricos de nuestro territorio. El 97 es por ciento del agua del planeta es salada, se encuentra en los océanos y mares; el resto, o sea el 3 por ciento dulce y de ese valor sólo un 1 por ciento está en estado líquido. El 2% restante se encuentra en estado sólido en capas, campos y plataformas de hielo o banquisas (capa de hielo flotante) en las proximidades de los polos. Fuera de las regiones polares el agua dulce se encuentra principalmente en humedales y en acuíferos.

Qué son los humedales. Los humedales son zonas donde el agua es el principal factor controlador del medio y la vida vegetal, donde la tierra está cubierta por aguas poco profundas, desarrollándose procesos físicos, biológicos y químicos vinculados entre sí. Las interacciones entre el agua, suelo, nutrientes, vegetación y fauna proveen una variada cantidad de bienes y servicios para los seres humanos, generando buenos recursos vegetales, forestales, de la fauna y de la pesca. Ofrecen también buenas perspectivas para el desarrollo de actividades económicas y recreativas. El humedal es una zona de la superficie terrestre que está temporal o permanentemente inundada, regulada por factores climáticos y en constante interrelación con los seres vivos que la habitan.

Funciones de los humedales. Almacenan agua superficial y actúan en la recarga y descarga de acuíferos. Actúan como una esponja, previniendo y mitigando inundaciones. Retienen nutrientes como el fósforo y el nitrógeno que se almacena en el suelo, que se renueva con la vegetación del lugar, evitando la eutrofización. En los humedales también puede darse el proceso de desnitrificación del agua o sea transformar el nitrito o sales en nitrógeno que vuelve a la atmósfera, Los humedales tienen efectos microclimáticos y macroclimáticos beneficiosos por evapotranspiración que mantiene los niveles locales de humedad y de precipitaciones pluviales. Los humedales son un elemento vital de la respuesta a la crisis del agua por constituir una fuente vital de cursos sanos y sostenibles a largo plazo. Ocupan un rol importante en el abastecimiento de alimentos, ya que la mayoría de los peces dependen en algún momento de su ciclo vital de los humedales. Los humedales fluviales y costeros son irremplazables como áreas de reproducción, desove, cría y alimentación de los peces de río y de otras especies. En cuanto a flora y fauna, el humedal es decisivo para la vida de una variedad de especies, algunas endémicas es decir únicas de ese lugar y en peligro de extinción. Es el hábitat natural que genera los nutrientes y el ambiente necesario para la reproducción de gran cantidad de aves, y albergue transitorio de aves migratorias intercontinentales, del país y regionales.
           
Humedales y sustentabilidad. En la práctica los humedales son tratados como tierras improductivas, autorizando usos incompatibles con el mantenimiento de los procesos costeros, siendo destruidos a un ritmo alarmante como consecuencia de una amplia variedad del desarrollo productivista. De ahí que se hace necesario reunir a múltiples usuarios, interesados directos y encargados de tomar decisiones en las zonas costeras, para asegurar un manejo más efectivo de los ecosistemas, logrando al mismo tiempo el desarrollo sustentable entre generaciones y dentro de una misma generación gracias a la aplicación de los principios de sostenibilidad.
Impactos negativos en los humedales. Las actividades humanas provocan directa o indirectamente tensiones que afectan la sostenibilidad de las zonas costeras, como pérdidas de hábitat, funciones ecológicas e hidrológicas y aumento de la contaminación. Los humedales han sido degradados o destruidos por la agricultura y silvicultura, pesca intensiva, drenaje y construcción de diques, extracción de agua para regadío, transporte y/o canales de navegación, construcción de carreteras, vías férreas, drenaje y diques, represas para energía hidroeléctrica, líneas de transmisión de electricidad, construcción de centrales eléctricas, turismo y recreación, navegación deportiva, desarrollo urbano e industrial, eliminación de desechos y contaminación, extracción de aguas subterráneas y superficiales.
La destrucción de humedales. Por ignorancia, incurrimos en la destrucción de humedales, siendo necesario adoptar  medidas urgentes a corto, mediano y largo plazo para restaurar y proteger esos procesos ecológicos naturales que hacen posible que los cursos de agua sustenten la vida humana y la biodiversidad mundial. Causas y efectos combinados de desconocimiento de la importancia de los humedales en todos los estratos de la sociedad, especialmente de los responsables de la adopción de decisiones y de la gestión de proyectos, han contribuido a la pérdida de humedales.
Requieren de un uso racional. La alteración o modificación de algunos de los elementos que constituyen ese ecosistema, puede afectar a todo el proceso que allí se desarrolla, de ahí que es imprescindible un manejo racional y sostenible de los humedales para mantener y potenciar sus funciones,  manteniendo sus características ecológicas, dentro de lo que se considera desarrollo sostenible. Ese uso sostenible puede verse afectado por la perturbación artificial y natural, proyectos de desarrollo, alteraciones graduales producto del cambio climático, calentamiento global, efecto invernadero y otras acciones como el derrame de combustibles fósiles. El concepto Ramsar de uso racional se aplica a todos los humedales y recursos hídricos del territorio de cada Parte Contratante y no únicamente a los sitios designados Humedales de Importancia Internacional. Su aplicación es imprescindible para que los humedales sigan desempeñando su función vital de sustento de la diversidad biológica y el bienestar humano. A tal efectoson aplicables al Sitio, alrededor de 30 manuales para el uso racional de los humedales.
El por qué de la conservación de humedales. Por constituir los humedales uno de los medios más productivos del mundo, cunas de diversidad biológica, fuentes de agua y productividad primaria de innumerables especies vegetales y animales. Por dar sustento a altas concentraciones de especies de aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces e invertebrados y depósitos de material genético vegetal.
Las Naciones Unidas y el agua. Estamos en el transcurso del Decenio del Agua que ocurre entre los años 2005 y 2015 dijo la ONU  Organización de Naciones Unidas. El agua es fuente de vida porque ningún ser vivo sobre la Tierra puede sobrevivir sin ella, indispensable para la salud y el bienestar de los humanos. Sin embargo, cuatro de cada diez personas en el mundo carecen de acceso a una simple letrina y casi dos de cada diez no tienen acceso a una fuente segura de agua potable. Cada año, millones de personas, la mayoría niños, mueren por enfermedades por inadecuado abastecimiento de agua y deficiente saneamiento e higiene. Ese mismo organismo supranacional advierte que cada día mueren alrededor de 3.900 niños a causa del agua sucia y de la falta de higiene o por enfermedades transmitidas a través del agua o de los excrementos humanos. La escasez de agua como el saneamiento deficiente afecta negativamente a la seguridad de los alimentos, sobre todo las de las familias más pobres del planeta.
El derecho humano al agua.  En 1977  la  Conferencia  de  las Naciones Unidas estableció que todas las personas tienen derecho a acceder al agua potable, en la cantidad y calidad  que  sus necesidades  básicas  lo  requieran. Los años  ochenta se consagraron como la Década Internacional del Abastecimiento de Agua Potable e Higiene, con el objetivo de lograr un abastecimiento de agua seguro para todo el mundo. En la década de los 90 las reformas económicas basadas en la liberalización y la descentralización, generaron una ola privatizadora de los servicios relacionados con el agua, hasta llegar a 2.350 operadores privados a nivel mundial.
Como contrapartida en noviembre del 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas afirmó que el acceso a cantidades adecuadas de agua limpia para uso doméstico y personal es un derecho humano fundamental de toda persona. El 28 de julio de 2010 La Asamblea General de Naciones Unidas, aprobó la resolución que reconoce al agua potable y al saneamiento básico como derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.
Establece la obligación de un marco legal local. La adhesión a la Convención de Ramsar obliga a las partes contratantes, a la aplicabilidad de marcos institucionales y legislativos relacionados con las zonas costeras de cada país, debiendo los responsables identificar e involucrar a los interesados directos en la planificación y gestión de los humedales costeros, incluso la promulgación de una legislación que facilite el proceso de participación de interesados, comunidades locales y de los pueblos indígenas en su manejo.
La Provincia del Chaco y sus adhesiones. El Decreto No. 171 del 22 de enero de 2003 declaró de Interés Provincial el corredor de los humedales fluviales vinculados a los ríos Paraná, Paraguay y Bermejo y se adhirió al Día de los Humedales, el 2 de febrero. Dice el decreto que los humedales están vinculados directamente a la provisión de agua dulce, imprescindible para la vida, de las actuales y futuras generaciones y al mantenimiento de los recursos naturales y de la diversidad biológica. Que la provincia cuenta con ambientes de humedales donde ocurren importantes procesos hidrológicos, que permiten la captación de aguas de lluvias, recarga de acuíferos, retención de sedimentos, depuración de aguas y vinculados a la Cuenca del Plata. Que los humedales del valle aluvial, puede ser zona inundada ante una eventual crecida de las aguas de los ríos Paraná, Paraguay y Bermejo que cuentan con recursos naturales para el desarrollo de diversas actividades humanas como la pesca, aprovechamiento de la fauna silvestre, ganadería, agricultura, forestación, transporte, recreación y turismo. Le sigue la Ley No. 5362 del 1 de abril de 2004, que se adhiere a la Ley Nacional No. 23.919 y en consecuencia, rige en el ámbito territorial provincial la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas, firmada en Ramsar en 1971 y modificada por el Protocolo de París, el 3 de diciembre de 1982.

Dr. Raúl Osvaldo Coronel - Necochea 345 Tel 03722 440597 - rcoronel66@hotmail.com
Resistencia Chaco R. ArgentinaH3500BOG

2 comentarios:

prensaacddc dijo...

“Los HUMEDALES CHACO”, LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO,
EDUARDO AGUILAR Y GUSTAVO CORREGIDO.

Todo lo que hacemos, pone en funcionamiento una rueda, una causa y ésta trae como consecuencia positiva o negativa, un efecto, que dependerá de la causa puesta en movimiento. No hablamos de azar, buena suerte o mala suerte; sólo resultados. Existe una ley que se denomina de causa y efecto.
Leyendo los diarios vemos que el Presidente de la legislatura a pocos días de asumir, informa que tiene un proyecto de ley para llamar a concurso de antecedentes y oposición para elegir un nuevo defensor del pueblo y la estructura del mismo. Nos sorprendió la rapidez con que actuó el novel legislador (ingresó el 11/12/2007), pareciera que no analizó debidamente que con ese proyecto podría estar cometiendo una aberración jurídica, ya que hay un defensor electo y únicamente puede ser separado por juicio político. Tal vez, el contador Eduardo Aguilar, esté muy preocupado por este instituto constitucional y quiere ponerlo inmediatamente en marcha, debido a que el pueblo lo requiere.
Para tomar mayor conocimiento, decidimos investigar, y es así como, “casualidad o causalidad”, Gustavo Corregido, en su función como fiscal del Juzgado Federal de Resistencia, lo había incluído en la lista de imputados por el caso de las arroceras que funciona en la zona declarada Sitio RAMSAR “Humedales Chaco” del Departamento Bermejo, que contaminan el medio ambiente y la salud humana y del mundo animal de uno de los tres biomas mas importantes de la República Argentina por su diversidad biológica
La causa penal nació a partir de denuncias de vecinos del Departamento Bermejo, que dicen que las fumigaciones de los emprendimientos agrícolas invaden sus hogares, contaminan aguas y suelos y provocando enfermedades cancerígenas en niños y adultos.
“Las imputaciones a Aguilar son porque no cumplió con su deber de hacer respetar la ley, algo que queda reflejado en los informes que forman parte de la causa y en los testimonios de pobladores de la zona”, y “tampoco ordenó que se hiciera el estudio de impacto ambiental que correspondía”. Por lo que habría violado sus deberes como funcionario público.
Se deduce que esta situación generó malestar y animosidad del novel legislador, que pareciera que estaría dispuesto a tomar revancha en contra del Defensor del Pueblo, electo en el año 2011.
Un error cometido honradamente, con sincera intención de ser constructivo, tendrá por supuesto que ser corregido, pero la corrección será más severa si intentamos evadir nuestras responsabilidades o hacemos deliberadamente aquello que sabemos que está mal hecho, sólo por satisfacer nuestros deseos personales.
Es lamentable que los legisladores y/o funcionarios utilicen sus cargos para tomarse revancha o pasar factura, sin mediar las causas y consecuencias que puede traer aparejado a toda la sociedad.



Asociación Civil En Defensa del Derecho de La Ciudadanía



MTD “Emerenciano” MTD “Federal” MOCOUT Mesa Territorial CTA-Chaco



AC de Padres de Discapacitados del Chaco


Procurador Julio Cesar Cristóbal
Director Diario “La Hoja”


Otros

Unknown dijo...

Esta contaminado o no :v?